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QUÉ ES EL CCS (CONSORCIO DE COMPENSACIÓN
DE SEGUROS)
El CCS es una Entidad de Derecho Público,
adscrita a la Dirección General de Seguros y por tanto
al Ministerio de Economía. Sin embargo tiene libertad
de actuación, con personalidad jurídica propia y plena
capacidad de obrar, ejerciendo sus funciones como si de una aseguradora
privada se tratara.
Está sujeta al ordenamiento jurídico privado, y por
tanto al igual que el resto de entidades aseguradoras obligada por
la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión
de los Seguros Privados, y a la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de
Contrato de Seguro.
Además hemos de tener en cuenta que el CCS dispone
de fondos propios, que obtiene directamente de “todas”
las pólizas contratadas en España, como por ejemplo
en el caso que nos ocupa, el recargo en el SOA, o recargos
en la contratación de otras garantías como incendio,
rotura de lunas, robo, etc.. o las primas por contratación
directa.
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